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En este artículo, os venimos a informar acerca de la sentencia publicada por el TJUE, en la cual se dice que todo vehículo debe estar asegurado, incluso en zonas privadas, mientras esté dado de alta.
«La suscripción de un contrato de seguro de la responsabilidad civil relativa a la circulación de un vehículo automóvil es obligatoria cuando el vehículo en cuestión está matriculado en un Estado miembro y no ha sido legalmente retirado de la circulación».
Desde el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) llega un fallo que pueden tener efectos en el mundo del seguro de suscripción obligatoria de responsabilidad civil, o el seguro «a terceros», como solemos llamarlo. La obligación de tener un seguro se hace extensible a toda la vida del vehículo.
Hasta el momento, teníamos la certeza de que mientras un vehículo esté en una vía pública debe estar asegurado, se use o no se use, y aunque vaya a estar parado y no sea potencialmente un riesgo para nadie. El fallo de la sentencia sobre el caso C-383/19 tira por tierra ese razonamiento y sienta un precedente a nivel comunitario.
Vayámonos a 2018, cuando el Distrito de Ostrów (Polonia) retiró un vehículo el 7 de febrero, y se lo llevó a un depósito. El 20 de abril se convirtió en propietario del mismo por sentencia notificada (fue decomisado), por lo que procedió a asegurarlo el primer día hábil, el 23 de abril. Hasta entonces, dicho vehículo estuvo sin asegurar, en una propiedad privada.
El destino de ese vehículo era el desguace, y no otro, de hecho, el 22 de junio fue dado de baja de forma definitiva. Sin embargo, el Fondo de Garantía del Sector de Seguros de Polonia, equivalente al Consorcio de Compensación de Seguros de España, impuso una multa al ente público por no asegurar el vehículo del 7 de febrero al 22 de abril.
Hablamos de una multa ridículamente pequeña, 4.200 eslotis polacos, equivalentes a 933 euros. El Distrito de Ostrów reclamó al tribunal correspondiente que no tenía que pagar esa multa por un vehículo que iba a mandarse a la chatarra y no circulaba. Este tribunal mandó una petición de decisión prejudicial al TJUE, para saber qué criterio seguir, en mayo de 2019.
La justicia va lenta, pero acaba fallando. La sentencia ECLI:EU:C:2021:337 da al tribunal polaco una dirección que seguir: básicamente, todo vehículo con matrícula en la UE tiene que estar asegurado, sí o sí, hasta que sea dado de baja de forma definitiva. Su argumentación se ha basado en tres pilares.
Primero de todo, un vehículo no pierde la consideración objetiva de ser un vehículo aunque haya factores subjetivos como el uso que se le va a dar, o si se piensa preservar o no. Mientras tenga matrícula y esté dado de alta, es un vehículo: «la calificación de vehículo y el alcance de la obligación de aseguramiento no pueden depender de tales factores subjetivos», dijo el Tribunal.
En segundo lugar, el seguro de suscripción obligatoria tiene la finalidad de proteger a todos los afectados por la circulación, y esa protección en base se puede proporcionar por la cuota que todos pagamos para compensar los daños y destrozos que provocan los que no tienen seguro. Además, es por seguridad jurídica.
En España, un vehículo sin asegurar conlleva una sanción de 601 a 3.005 euros.
Por último, la obligatoriedad de tener un vehículo asegurado solo termina en el momento en el que resulta dado de baja de forma definitiva, lo que incluye las bajas temporales como periodos en los que la obligación sigue vigente. Este fallo abre la puerta a perseguir a todo el que no tenga un seguro, pero sí un vehículo registrado.
Tengamos en cuenta que este fallo del TJUE lo que hace es indicar el camino a otros tribunales, no pone fin definitivamente al caso. Lo previsible es que el tribunal polaco ratifique que la entidad local que retiró ese vehículo y lo mandó a desguace tendrá que gastarse esos 933 euros.
El Consorcio de Compensación de Seguros puede ir a por el propietario después de indemnizar a los afectados, y pasarle una factura que nunca podrá pagar
Es más, sentado ese precedente, cualquier juez europeo podrá agarrarse al mismo en caso de duda, cuando alguien sea denunciado por no tener un vehículo matriculado y asegurado, independientemente de para qué se vaya a usar o su estado técnico, mientras no sea dado de baja de forma definitiva.
De la noche a la mañana no recibirán todos los propietarios de un vehículo sin asegurar una sanción, pero ahí está el precedente. Este fallo va en la línea de otro en el que la madre de un chico que le cogió el coche sin permiso, donde murieron dos personas (además de su hijo), tuvo que pagar al Consorcio de Portugal más de 400.000 euros en indemnizaciones. Lo tenía sin asegurar.
La normativa europea al respecto queda por tanto más clara: ya da igual que un vehículo esté en una zona privada y alejado de la circulación. Debe estar asegurado igualmente.
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea
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